El Fondo de Preinversión es un instrumento financiero del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) constituido para apoyar la elaboración de estudios de proyectos denominados de preinversión y promover el logro de los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo.
Mediante el aporte recursos financieros a las instituciones del sector público mediante la realización de diferentes tipos de estudios, de programas y proyectos de desarrollo económico, social y ambiental considerados como prioritarios
INSTITUCIONES BENEFICIADAS
Las entidades beneficiarias del Fondo pueden ser:
- Instituciones del Gobierno Central,
- Entidades Públicas Descentralizadas y Empresas del Estado y demás personas jurídicas de Derecho Público,
- Personas jurídicas de Derecho Privado en los términos y condiciones establecidos en el Reglamento
ADMINISTRACION
La administración del Fondo de Preinversión es ejercida por medio de los siguientes órganos:
- Comité Directivo del Fondo de Preinversión: integrado por representantes de las siguientes instituciones: MIDEPLAN, el Ministerio de Hacienda, el Banco Central de Costa Rica, la Cámara de Industrias de Costa Rica y las Instituciones Financieras Intermediarias (IFI).
- Ministro de Planificación Nacional y Política Económica.
- Dirección del Fondo de Preinversión de MIDEPLAN.
- Agente Financiero: el Banco Central de Costa Rica es el Agente Financiero; según lo establece el Artículo 5 de la Ley N°7376, actuará como cajero y Agente Financiero del FONDO.
- Instituciones Financieras Intermediarias (IFI) designadas por el COMITE DIRECTIVO para administrar líneas de crédito y otorgar subpréstamos para financiar estudios de preinversión a beneficiarios del sector privado, como cooperativas y asociaciones de desarrollo.