
COSTA RICA
Presidencia de la República
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Proceso de Concertación
Telecomunicaciones
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Concertación Nacional
Comisión de Telecomunicaciones
Informe final
Introducción
El sector de infocomunicaciones-telecomunicaciones debe ser considerado desde varias perspectivas distintas, aunque no excluyentes. Por un lado, su valor como factor básico en la construcción de las ventajas comparativas y competitivas de un país es innegable, y está suficientemente demostrado que más y mejores servicios en telecomunicaciones generan utilidades económicas y sociales irrenunciables; por otro lado los beneficios derivados de estos servicios deben ser disfrutados universalmente. El país entonces debe procurar que todas y todos los costarricenses tengan inicialmente acceso al menos a los servicios básicos que provee el sector. Esta aspiración no puede ser alcanzada en el corto período de un gobierno, por lo que debe ser asumida por el país como una política de Estado, enmarcada en un plan de largo plazo. Asegurar el acceso de todas y todos los costarricenses a las telecomunicaciones y corregir los desequilibrios que actualmente existen al respecto, deben ser objetivos fundamentales de la acción nacional en el campo, contando para ello con el aporte solidario del sector privado. El servicio universal al que debe aspirar Costa Rica, lo define esta Comisión como la existencia de al menos una conexión telefónica en cada casa de nuestro país.
Por esto la Comisión de Telecomunicaciones considera que debe decretarse de interés nacional la meta de tener "servicio universal" en Costa Rica en un plazo de doce años. Para el logro de esta estrategia de desarrollo se proponen los siguientes objetivos:
a) Transformar el indiscutible potencial de las telecomunicaciones en resultados tangibles que mejoren la calidad de vida de todas las personas en el país, proporcionando igualdad de oportunidades para todas y todos los costarricenses en materia de acceso a la tele-educación, la telemedicina, la protección del ambiente y muchas otras aplicaciones indispensables para el desarrollo.
b) Promover que todas las actividades ligadas a las telecomunicaciones, difusión y desarrollo informático, sean mecanismos para alcanzar el mejor y mayor desarrollo de este tipo de servicios.
c) Iniciar una nueva revolución de las telecomunicaciones, esta vez centrada en los más altos valores humanos tales como la ética y redistribución de la riqueza, que garantice el servicio universal en comunicaciones básicas y en forma evolutiva, también en servicios de información.
d) Propiciar las condiciones necesarias que permitan a todas y todos los costarricenses adquirir las habilidades y herramientas para permitirles prosperar en una economía global basada en el conocimiento y la información. Esto implica asegurar que las y los costarricenses no sólo tendrán acceso a una adecuada infraestructura de comunicaciones e información sino a desarrollar las habilidades y el conocimiento práctico necesario para utilizar esta infraestructura.
Costa Rica tiene la ventaja de poder valorar la experiencia que sobre apertura tienen algunos países latinoamericanos, que le permite establecer un proceso equilibrado que resulte en el mejoramiento de la cantidad y calidad de los servicios, sin caer en excesos políticos y técnicos que distorsionen la verdadera naturaleza de la discusión alrededor del valor social y económico de las telecomunicaciones. Es por eso que cualquier proceso de apertura debe balancear los criterios ideológicos, políticos y técnicos que forman parte indispensable del tema. Es precisamente lo que esta Comisión ha tratado de hacer en sus deliberaciones, fruto de las cuales presentamos a consideración del país las siguientes conclusiones y recomendaciones.
Los miembros de la Comisión desean expresar su agradecimiento público al personal del Colegio de Abogados por su apoyo en las primeras etapas del trabajo. De la misma forma es necesario reconocer la valiosa ayuda del personal del Banco Nacional de Costa Rica, sucursal de San Pedro, en especial a sus funcionarias Grettel Retana y Georgette Rivel, quienes con su espíritu de colaboración y dedicación facilitaron en gran medida el trabajo de la Comisión.
Igualmente los miembros de la Comisión agradecen las exposiciones de los señores Bruce Blais, Carlos Romero, Melvin Murillo y Alejandro López Toledo, quienes aportaron en sus charlas valiosa información para enriquecer la discusión.
Por último los miembros de la Comisión desean agradecer el trabajo dedicado y comprometido de la señora Magally Calvo y la señorita Militza Guitérrez, y a través de ellas, el de todo el personal de la Secretaría Ejecutiva del Foro de Concertación Nacional.
Informe de la Comisión de Telecomunicaciones
del Foro de Concertación Nacional
La Comisión de Telecomunicaciones del Foro de Concertación Nacional, luego de haber recibido las propuestas que sobre el sector presentaran las organizaciones participantes por medio de sus representantes, acuerda presentar al país y al Gobierno de la República las siguientes propuestas y recomendaciones, las que hemos dividido en cuatro partes: el fortalecimiento del Instituto Costarricense de Electricidad, la promulgación de una Ley General de Telecomunicaciones, la creación de un Ente Regulador de las Telecomunicaciones y el establecimiento de una gradualidad y condicionalidad para la apertura del sector.
1. FORTALECIMIENTO DEL I.C.E.
Creemos que el I.C.E. ha desempeñado y desempeña un papel fundamental para el desarrollo de Costa Rica durante los últimos decenios. Sin embargo es claro que, debido a situaciones políticas y legales ajenas a la institución, algunos de los servicios que presta o que potencialmente puede brindar no han llegado en forma oportuna, no son los adecuados o los que el país requiere en esta etapa particular de su desarrollo, lo cual ha generado un atraso en la expansión de la industria de las telecomunicaciones. Precisamente por esto y porque mantenemos nuestra fe en el I.C.E. como una institución importante para el desarrollo futuro de las telecomunicaciones de Costa Rica es que proponemos los siguientes puntos, con el objetivo de fortalecer al I.C.E. y potenciar sus fortalezas administrativas y tecnológicas, las que hasta ahora han llevado al país a ocupar un lugar destacado en el campo de las telecomunicaciones internacionales.
Propuestas
1.1 Eliminar las siguientes leyes que atan al I.C.E., impidiendo su desarrollo normal
a) 6995: Ley de Equilibrio Financiero del Sector Publico y sus reformas.
b) 1279: Ley de Administración Financiera de la República y sus reformas en cuanto a las formalidades presupuestarias.
c) 5225: Ley de Planificación Nacional y sus reformas.
d) 7010: Ley sobre requisitos para contratar créditos internos y externos.
e) 7558: Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica
f) 6821: Ley de Creación de la Autoridad Presupuestaria
g) 4646: Ley de Integración de las Juntas Directivas y Generales de los Instituciones Autónomas.
h) 5507: Ley de Presidencias Ejecutivas
i) 7494: Ley de Contratación Administrativa, de manera que respetando el sistema de concurso público, el I.C.E. no quede sujeto a los procedimientos en materia de apelaciones o adaptaciones de la propuesta.
j) 4728: Cambiar el procedimiento de aplicación de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, de manera que el ejercicio de las potestades del órgano contralor no sea previo, sino a posteriori.
k) 7593 Artículo 5 inciso b de la Ley de ARESEP
Por tratarse de una empresa estatal, en eventual régimen de competencia, la exoneración de estas leyes contribuirá con el propósito de establecer condiciones similares a sus posibles competidores. Por su parte el I.C.E. se compromete a diseñar y aprobar los procedimientos y controles internos necesarios previstos en esa legislación, de manera que se garantice a los costarricenses el mejor uso y aplicación de fondos.
Resulta necesario dotar al I.C.E. de un nuevo marco legal y operacional compatible con las exigencias del entorno tanto actual como futuro, toda vez que los mercados nacionales o internacionales en los que se desenvuelve el I.C.E. constituyen elementos básicos de la competitividad de nuestro país.
1.2 Reformar el Consejo Directivo del I.C.E., el que en adelante estaría compuesto por:
- Cinco miembros nombrados por el Gobierno, 3 nombrados por lo que resta de esta Administración y 2 por 8 años, durante la primer Junta Directiva
- Dos nombrados por los Trabajadores del I.C.E., por 4 años
- Dos de la Empresa Privada nombrados, por UCCAEP, por 4 años
El partido Fuerza Democrática considera que el Consejo Directivo del I.C.E. debe estar integrado de la siguiente manera:
- Cinco miembros nombrados por el Gobierno
- Dos nombrados por los Trabajadores del I.C.E.
- Uno de la Empresa Privada nombrado por UCCAEP
- Uno de los usuarios, nombrado por asociaciones de usuarios
El Foro Autónomo de las Mujeres considera que el Consejo Directivo del I.C.E. debe estar integrado de la siguiente manera:
- Dos representantes del sector empresarial
- Dos representantes de los trabajadores del I.C.E. (uno del sector de Telecomunicaciones y otro del sector Energía)
- Dos representantes del sector residencial
- Un representante del Gobierno de la República
Estos directores escogerán de su seno al Presidente de la Junta Directiva cada año. Nombrarán también un Gerente Corporativo y los subgerentes necesarios, por tiempo indefinido, mientras su gestión sea satisfactoria Se prevé la libre remoción de los directores por parte de los sectores que representan.
Ningún miembro del Consejo Directivo puede estar ligado por empleo o por tener interés directo o indirecto, o ser accionista, asesor, gerente, funcionario, representante legal de empresas o en actividades que por su naturaleza resulten antagónicas a los propósitos del I.C.E. o sean competidores de éste.
Para lograr una institución ágil y competitiva, el Consejo Directivo tendrá facultades para realizar una amplia reestructuración orgánica y funcional del I.C.E., la cual deberá finalizar a mas tardar el 30 de junio de 1999, con el fin de convertirlo en una empresa moderna y eficiente, teniendo para tal efecto la potestad de reorganizar los niveles gerenciales de la institución y sus subsidiarias En este proceso tendrán participación bipartita y paritaria los representantes de los trabajadores y de la administración. Será diseñado un sistema de evaluación del desempeño que permita determinar la función de cada empleado del I.C.E. y su apropiada remuneración de acuerdo con el mercado de atracción natural del I.C.E..
Los miembros del Consejo Directivo, el Gerente Corporativo y los subgerentes serán responsables directos por la buena marcha de la institución. Su gestión será valorada en función de los resultados obtenidos. Fungen además como responsables de la administración e integridad de los bienes públicos puestos a su disposición, de los cuales deben disponer en la mejor manera y en estricto apego a las regulaciones vigentes en la materia, asumiendo las consecuencias legales, tanto penales como civiles. por el mal manejo o los actos de corrupción que se denuncien ante la administración y los Tribunales de Justicia. Estas mismas consideraciones en cuanto a la salvaguarda de los bienes públicos administrados por el I.C.E. se aplica a todos los funcionarios del Instituto y sus subsidiarias.
1.3 En aras de liberar al I.C.E. de ciertas restricciones interpuestas por organismos internacionales, el presupuesto del I.C.E. no debería formar parte del muestreo de los entes externos como por ejemplo el Fondo Monetario Internacional. El Gobierno de la República debe hacer su mejor esfuerzo para que a más tardar a mayo del año 1999, cuando se emitan las metas fiscales para el año 2000, el presupuesto del ICE no forme parte de la muestra arriba señalada. El Gobierno deberá informar a la Comisión de Verificación, conformada en el seno de esta Comisión de Telecomunicaciones tal y como se menciona en el apartado de Consideraciones Generales, el resultado de sus gestiones para lograr este objetivo.
1.4 Para que el I.C.E. continúe aportando a la economía nacional el I.C.E. pagará impuestos sobre la renta al Gobierno.
1.5 Como un instrumento que apoye su gestión empresarial, se le autoriza al I.C.E. para celebrar contratos de colaboración empresarial y emprendimientos conjuntos con personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras con el fin de obtener financiamiento o aportes en proyectos de realización futura, siempre y cuando estos contratos o aportes no impliquen peligro para la estabilidad del I.C.E., sus concesiones, o los activos afectados por la prestación de servicios públicos.
1.6 Para no limitar el desarrollo del I.C.E a través del presupuesto nacional, el I.C.E. se autofinanciará mediante los recursos que capte por la prestación de sus servicios, la aplicación de mecanismos de apalancamiento, así como emitir toda clase de títulos y valores en moneda nacional y extranjera para el financiamiento del desarrollo de proyectos y programas de energía y telecomunicaciones, tanto en el país como en el extranjero y cualquier otra posibilidad legal que pueda acceder.
1.7 El Instituto Costarricense de Electricidad conserva los segmentos del espectro electromagnético que actualmente tiene asignados, excepción hecha de los bloques PCS especificados en el apartado de Gradualidad del presente documento. Sin embargo, mediante estudios bien fundamentados, por razones de interés público o acuerdos internacionales, el ente regulador podrá exigirle que libere determinados segmentos siempre y cuando no se afecte la continuidad de los servicios.
1.8 Es necesario poner en vigencia en un plazo no mayor de 60 días el reglamento de contrataciones atípicas. Adicionalmente se exhorta al Gobierno de la República para que a partir de la vigencia de estos acuerdos gire directrices con la finalidad de impulsar proyectos en trámite que fortalezcan la plataforma del Sistema Nacional de Telecomunicaciones.
1.9 El futuro de Radiográfica Costarricense S. A. en este contexto deberá ser determinado por el nuevo Consejo Directivo del I.C.E., una vez que asuma sus funciones. Debe eliminarse el último párrafo del artículo 4 de la ley #3293, de manera que le corresponda a la Asamblea de Accionistas de RACSA la formulación y aprobación del Plan de Inversión de la empresa.
1.10 La ley de fortalecimiento del I.C.E. que incluya los puntos aquí detallados deberá ser aprobada como condición previa o al menos simultáneamente a la emisión de la Ley General de Telecomunicaciones.
1.11 El ICE conservará las bandas E y F de PCS para satisfacer la demanda telefónica insatisfecha (servicio inalámbrico fijo). El Presidente de la República emitirá un decreto declarando emergencia la solución al problema de la demanda insatisfecha.
1.12 El ICE podrá proveer servicios de Internet en los dominios Gobierno y Educación a partir de la aprobación de este documento. El Foro Autónomo de Mujeres propone que el ICE también pueda proveer este servicio a grandes clientes.
2. LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES
Dados los profundos cambios tecnológicos ocurridos en los últimos tiempos, es necesaria la promulgación de una nueva Ley General de Telecomunicaciones, la cual debe establecer las regulaciones generales aplicables para el acceso a la explotacion publica y privada de los servicios inalámbricos y de telecomunicaciones, bajo el mandato dictado por nuestra Constitución según el artículo 121, inciso 14, aparte c.
Propuestas
2.1 La Ley General de Telecomunicaciones debe:
ENTE REGULADOR DE LAS TELECOMUNICACIONES
La Ley General de Telecomunicaciones creará un Ente Regulador de las Telecomunicaciones, separado en forma total de ARESEP. La Oficina de Control de Radio y la Dirección de Telecomunicaciones de ARESEP, pasarán a formar parte de esta nueva institución. Este organismo no debe ser politizado, y debe ser liderado y manejado en forma práctica, técnica y profesional, ágil y dinámicamente, sin que sea dirigido bajo criterios ideológicos, libre de corrupción y del funesto tráfico de influencias que tanto daño ha causado en la credibilidad de los costarricenses hacia sus instituciones públicas y privadas.
Un Ente Regulador es necesario. Solo la administración del espectro radioeléctrico justifica la existencia de este organismo en nuestro país, en donde algunos servicios se encuentran en competencia desde hace ya bastante tiempo.
El Ente Regulador de las Telecomunicaciones autofinanciará sus operaciones con el cobro de cánones operacionales, a todas las personas jurídicas y físicas, que sean titulares de una concesión, un permiso, una licencia, una autorización o un contrato de explotación de las actividades económicas reguladas por la Ley General de Telecomunicaciones. Se excluyen de estos ingresos las multas. Con este financiamiento comprará y/o contratará los equipos, estudios, trabajos, etc. necesarios para su efectivo y eficiente funcionamiento. Debe gozar de independencia política, funcional y administrativa.
Propuestas
El Ente Regulador tiene entre sus responsabilidades:
El Foro Autónomo de las Mujeres, el Comité Socio-Laboral y el sector Cooperativo consideran que el Fondo de Servicio Universal debe financiarse con el 50% de los recursos recaudados por concepto de subastas de frecuencias, portadoras y segmentos del espectro radioeléctrico, trasladándose el 50% restante a la caja única del Estado en los primeros 4 años. Finalizado dicho período el 100% de los recursos recaudados se utilizarán para financiar el Fondo. Los ingresos que se obtengan del otorgamiento de permisos, licencias y autorizaciones o contratos de explotación de servicios de valor agregado de las telecomunicaciones, de los servicios de la telefonía básica, de los contratos que firme el Ente Regulador con los encargados de explotar las frecuencias radioeléctricas al servicio de la radiodifusión, televisión, industria, comercio y agricultura para las comunicaciones punto a punto y para los radioaficionados; y de cooperación técnica internacional, serán utilizados en su totalidad para el financiamiento del Fondo de Servicio Universal a partir de la creación del mismo.
El Partido Fuerza Democrática considera que los recursos recaudados por el Fondo de Servicio Universal deben distribuirse de la siguiente manera:
Un 60% para apoyar los programas de servicio universal
Un 20% para la caja única del Estado
Un 20% para estimular la investigación nacional y la transferencia tecnológica en el sector de telecomunicaciones. Los ingresos que se perciban para apoyar el servicio universal deberán ser resguardados por uno de los Bancos estatales y administrado de conformidad con lo que se apruebe en el Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
3.2 Para cumplir con estas responsabilidades, el Ente Regulador debe:
3.3 El Ente Regulador de las Telecomunicaciones estará dirigido por un consejo integrado por 7 miembros, los que deben ser ratificados por votación de la Asamblea Legislativa. En ningún caso se tendrá por ratificado un nombramiento que no haya sido sometido a votación.
- 2 miembros propuestos por el Gobierno
- 2 miembros representantes de los trabajadores propuestos por las organizaciones laborales del sector
- 2 miembros representantes del sector empresarial propuestos por UCCAEP
1 miembro representante de los consumidores nombrado por la Comisión Nacional de Defensa de los Consumidores.
El partido Fuerza Democrática considera que el consejo debe ser integrado por cinco miembros distribuidos de la siguiente manera:
Este consejo elegirá mediante concurso público un Regulador y un Subregulador general.
El Foro Autónomo de las Mujeres considera que el consejo debe ser integrado por cinco miembros distribuidos de la siguiente manera:
Los miembros de este consejo serán responsables directos por la buena marcha de la institución. Su gestión será valorada en función de los resultados obtenidos. Fungen además como responsables de la administración e integridad de los bienes públicos puestos a su disposición, de los cuales deben disponer en la mejor manera y en estricto apego a las regulaciones vigentes en la materia, asumiendo las consecuencias legales, tanto penales como civiles. por el mal manejo o los actos de corrupción que se denuncien ante la administración y los Tribunales de Justicia. Estas mismas consideraciones en cuanto a la salvaguarda de los bienes públicos administrados por el Ente se aplica a todos los funcionarios del Ente Regulador.
Los funcionarios del Ente Regulador de las Telecomunicaciones no formarán parte del régimen de servicio civil y su remuneración se fijará de acuerdo al mercado laboral competitivo del sector.
4. GRADUALIDAD
Propuestas
4.1 La Comisión de Telecomunicaciones, excepción hecha del partido Fuerza Democrática, que presentará más adelante su propuesta, acuerda el siguiente cronograma para llevar a cabo la apertura del sector:
Primera etapa: A partir de la aprobación de la ley de fortalecimiento del ICE, la Ley General de Telecomunicaciones y la modificación de la ley #3293 mencionada en el punto 1.9, los siguientes servicios se regirán por un marco de libre competencia:
Para todos los efectos legales, el plazo que transcurra entre la promulgación de la Ley General de Telecomunicaciones, la creación del Ente Regulador y la emisión de la normativa para regular los servicios básicos y de valor agregado de telecomunicaciones, se considerará como un período de transición, que no creará derechos adquiridos ni situaciones jurídicas consolidadas para los operadores de los servicios de que se indican en este acápite. Quien no se someta a lo dispuesto por el Ente Regulador y rehuse pagar las tasas o contribuciones por la concesión, permiso, licencia o autorización correspondiente según lo disponga el Ente Regulador, cesará de pleno derecho en la prestación de tales servicios.
Segunda etapa: a partir de junio del 2000 se concesionarán 2 bandas de PCS. El I.C.E. se reserva el uso de la banda B de PCS para migrar a los abonados de la banda A de celular, para garantizarle a estos la continuidad del servicio. Se deberá resarcir al I.C.E. de los costos de dicha empresa pagó por la limpieza de las bandas, así como cualquier costo adicional que incurriera por este efecto. El I.C.E. podrá utilizar esta banda para nuevos usuarios a partir del momento en que ingresen los nuevos operadores al mercado.
Tercera etapa: a partir de enero del 2001, se concesionarán los servicios de reventa del tráfico sin infraestructura propia y la banda A celular. Se deberá resarcir al I.C.E. de los costos de dicha empresa pagó por la limpieza de las bandas, así como cualquier costo adicional que incurriera por este efecto.
Cuarta etapa: a partir de julio del 2001, se concesionará la prestación de servicios de larga distancia internacional. Para esta fecha deberá haber concluido el proceso de rebalanceo tarifario y deberá darse un subsidios transparentes a los sectores sociales que así lo requieran, derivados de estudios económicos y sociales realizados por el Ente Regulador.
Quinta etapa: a partir de enero del 2002, todos los servicios de telecomunicaciones estarán en un régimen de competencia.
El partido Fuerza Democrática solicita que se incluya el siguiente texto como su posición respecto al proceso de gradualidad:
Fuerza Democrática mantiene sus criterios planteados desde un principio en este foro, en cuanto a que antes de una apertura del mercado de las telecomunicaciones (implica, un rompimiento del monopolio que ostenta el Instituto Costarricense de Electricidad, I.C.E.), primero debe de respetarse una serie de metas y compromisos por parte del Gobierno, que garanticen un verdadero y rápido fortalecimiento del ICE y medidas efectivas que protejan a los usuarios telefónicos con un rebalanceo tarifario gradual y simétrico de seis años, evitando un aumento excesivo en las tarifas básicas futuras. Por otro lado debe garantizarse a la sociedad y como una prioridad, el servicio universal efectivo, a un costo razonable, oportuno y con calidad para los sectores más desprotegidos.
Cumplimiento de compromisos
Sobre el Fortalecimiento del ICE.
Autorización inmediata del Poder Ejecutivo para que el ICE pueda desarrollar todos los planes de desarrollo que actualmente tiene en el programa de telecomunicaciones, especialmente demanda insatisfecha y la Red de Transporte.
Que no se inhiba al ICE de brindar cualquier tipo de servicio de su competencia en los dos sectores.
Lograr en seis meses, una nueva ley ICE o una modificación a la actual, que le permita al ICE,
Modificación de otras leyes:
Un año para modificar la Ley de Contratación Administrativa y la Ley de la Contraloría General de la República, para hacer más eficientes los procedimientos de compras y contratos que tienen que realizar las diferentes empresas del Estado costarricense, para poder ser competitivas en un mercado abierto, tal es el caso del ICE, INS, Bancos Nacionales, etc.
Sobre Ley de la Telecomunicaciones
Crear una nueva Ley de Telecomunicaciones que ordene la industria del sector y ordene el Espectro Radioeléctrico, para lo cual se debe crear un Ente Regulador para el sector, eminentemente técnico y adscrito a la Asamblea Legislativa. Este Ente Regulador deberá estar dirigido por una Junta Directiva de cinco integrantes, con representantes de la Asamblea Legislativa, Poder Ejecutivo, Usuarios del Sociedad y Usuarios Empresariales. Además se deberá nombrar mediante concurso público un Regulador y un Sub-regulador a tiempo completo.
Cronograma de gradualidad para contemplar la apertura: Seis años
Nuestra propuesta de seis años queda sujeta al cumplimiento integral de todos los puntos enumerados, especialmente el fortalecimiento del ICE.
CONSIDERACIONES FINALES
- En los próximos días esta Comisión presentará a consideración del Poder Ejecutivo y de la Asamblea Legislativa dos proyectos de ley que tenemos la esperanza puedan servir como documentos base para la formulación de la Ley General de Telecomunicaciones y para la modificación de la Ley de Creación del Instituto Costarricense de Electricidad. Tanto el Gobierno de la República como el partido Fuerza Democrática se excluyen de esta recomendación.
- Se adjunta una carta enviada por el Jefe de Fracción del Partido Liberación Nacional y un documento del Foro Autónomo de las Mujeres recibidos el viernes dos de octubre. El Comité Socio-Laboral y el Sector Cooperativo desean expresar su aval al documento del Foro Autónomo de Mujeres.
San José, 3 de octubre de 1998.