Protección del Recurso Hídrico

En el país es especialmente trascendente este recurso por la composición de la producción energética, que en un alto porcentaje está constituida por hidroelectricidad. Asimismo es de suma importancia para garantizar el flujo normal de agua para uso doméstico, industrial y productivo; manteniendo los niveles de calidad requeridos. Aunque existe una oferta de agua adecuada, la consistencia de la misma depende del mantenimiento de las condiciones de sus fuentes de origen; de forma tal que se evite los problemas que en la actualidad sufren algunos países, de carestía y encarecimiento del agua por los costos de tratamiento y purificación.
El precio que tradicionalmente se ha asignado al servicio de agua, siempre se ha relacionado con el costo de dar el servicio (es decir, el costo de transportar agua desde su fuente al usuario, - incluyendo costos administrativos, salarios, operación, otros - más costos de tratamiento necesario para uso doméstico). Nunca se ha pensado en nuestro país, en el hecho de que el agua es un recurso limitado para una población creciente. Aún más, se ha llegado a considerar el agua como un bien "gratuito" debido al hecho de que la recibimos de la naturaleza y en cantidades importantes, de allí que hasta la fecha el valor asignado al agua es cero. En la valoración económica-ecológica del agua mediante una tarifa, debe necesariamente incorporarse, además de los aspectos antes indicados, el valor de captación del agua, los costos de conservación y protección de cuencas, el costo de tratamiento de las aguas residuales, y consecuentemente, el valor del agua.
Este tema constituyó el eje principal de la propuesta inicial del Gobierno en materia de servicios ambientales al Foro de Concertación. Como se ha discutido en otras secciones de este Plan Nacional de Desarrollo, la tésis inicial del Gobierno fue acogida en buena medida, y adicionalmente fua ampliada y enriquecida por la Comisión de Servicios Ambientales del Foro.
Se estima indispensable fortalecer la toma de decisiones en la aplicación de políticas de protección y uso del recurso hídrico, por parte del MINAE como ente rector, el cual consecuentemente tendría a su cargo la determinación de las políticas de uso del recurso, incluyendo la coordinación de las acciones para la ejecución de los programas de servicios ambientales por parte de el sector privado e instituciones públicas usuarios del recurso hídrico.
ACCIONES |
INSTITUCIÓN RESPONSABLE |
Las instituciones públicas que, como el ICE, el ICAA, CNFL y otras empresas de servicios públicas y cooperativas de educación, destinan recursos y programas a la recuperación de cuencas para la protección de los recursos hídricos, deberán canalizar dichos recursos (humanos, administrativos y financiero-presupuestarios) a partir de 1999 a través del sistema de pago de servicios ambientales, bajo la administración y coordinación del MINAE, por medio del SINAC y FONAFIFO.
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ARESEP, ICE, ICAA, Compañías Eléctricas, Empresas Privadas, Municipalidades, ONG´s y Cámaras. |
Fortalecimiento jurídico institucional del sector hídrico, mediante la consolidación del MINAE como ente rector, incluyendo dentro de sus funciones las del monitoreo del recurso en cuanto a cantidad y calidad.
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MINAE, Comisión de Seguimiento de la Comisión de la Concertación en Servicios Ambientales |
Internalizar el valor ecológico ambiental del agua en tarifas
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MINAE, ICE, AyA, CNFL, ESPH, JASEC, Cooperativas Eléctricas, ARESEP |
Definir políticas de control de la contaminación del agua y establecer mecanismos de compensación.
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MINAE, Ministerio de Salud
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Definir políticas para identificación y protección del recurso hídrico en cuencas y microcuencas prioritarias con participación ciudadana.
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MINAE |
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