Fecha de última actualización: 8/05/2024

Área de Planificación Regional

Descripción:

El Área de Planificación Regional es la responsable de dirigir y coordinar procesos integrados de planificación y desarrollo regional de largo, mediano y corto plazo, los cuales contribuyen a mejorar las condiciones y calidad de vida de la población, considerando criterios de equidad territorial y respetando las particularidades culturales, así como promoviendo y articulando las sinergias territoriales.


La planificación regional, se orienta hacia propuestas de acciones que contribuyan un desarrollo humano sostenible e inclusivo, con equidad territorial y pertinencia cultural; una mejor distribución del ingreso y de los servicios; así como propiciar la participación ciudadana, concertación y transparencia, en un enfoque sinérgico del desarrollo; la racionalidad y eficiencia administrativa, con alto nivel de desconcentración y aproximación de los servicios institucionales a los ámbitos regionales y locales.


Todo ello, con base en el concepto de desarrollo regional, el cual se define como un proceso de transformación social, económica, ambiental, cultural, institucional político, construido, consensuado y gestionado fundamentalmente desde las regiones. Orientado a articular el crecimiento económico, la gestión sociocultural, la sustentabilidad, la equidad de género, la calidad y el equilibrio espacial, en un entorno de profundización de la democracia participativa y concertación de diferentes actores de las regiones, con el objeto de elevar la calidad de vida de todos sus habitantes, sin exclusión alguna. 

Organización

El Área se organiza en una sede central y 6 direcciones regionales: Central, Chorotega, Brunca, Pacífico Central, Huetar Norte y Huetar Caribe.

Objetivos:

Objetivo General

Articular los procesos integrados de planificación y desarrollo regional de largo, mediano y corto plazo, considerando criterios de equidad territorial, respetando las particularidades culturales y aprovechando las sinergias territoriales, con el fin de contribuir a mejorar las condiciones y calidad de vida de la población.

Objetivos Específicos

  1. Garantizar el buen funcionamiento del Subsistema de Planificación Regional.
  2. Facilitar los procesos de coordinación y comunicación entre las instancias de gobernanza regional, así como con entre éstas y otras organizaciones regionales, territoriales y locales.
  3. Mejorar los procesos de planificación regional a corto, mediano y largo plazo. 

Normativa que la regula:

  • Ley Planificación Nacional 5525 del 2 de mayo de 1974 y sus reformas.
  • Ley General de Transferencias de Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades, 8801.
  • Ley de Desarrollo Regional de Costa Rica, del 24 de noviembre de 2021.
  • Decreto Ejecutivo N° 43916 -PLAN Reglamento a la Ley Nº10096 del 24 de noviembre de 2021, Ley de Desarrollo Regional de Costa Rica.
  • Decreto 37735-PLAN Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación, publicado en la Gaceta 122 miércoles 26 de junio 2013
  • Decreto Ejecutivo 36739-PLAN publicado en La Gaceta 174 de viernes 9 de setiembre de 2011, Artículo 15.
  • Decreto Ejecutivo 36646-MP-PLAN. Gaceta 137 de viernes 15 de julio 2011 que modifica el Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo (Decreto Ejecutivo 34582-MP-PLAN de 4 de junio de 2008).
  • Decreto 36004-PLAN Reglamento a la Ley General de Transferencia de Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades.
  • Decreto Ejecutivo 16068-PLAN Reforma División Regional del Territorio de Costa Rica, para los efectos de investigación y planificación del desarrollo económico.
  • Directriz 001-MIDEPLAN Directriz General a considerar en la elaboración del Plan Nacional De Desarrollo 2011-2014.

Funciones:

a) Coadyuvar en el ejercicio de la rectoría del Subsistema de Planificación para el Desarrollo Regional.

b) Elaborar la Política de Desarrollo Regional para reducir las desigualdades económicas, ambientales, sociales y culturales entre las distintas regiones, que incorpore el componente del ordenamiento territorial.

c) Crear e implementar el Observatorio de Desarrollo Regional.

d) Establecer la integración y división oficial del territorio nacional en regiones y subregiones, para efectos de la planificación del desarrollo regional.

e) Ejercer la Secretaría Técnica de las Agencias Regionales de Desarrollo (AREDE).

f) Administrar y gestionar el Fondo Nacional para el Desarrollo Regional (FONADER).

g) Coordinar y facilitar la elaboración y el seguimiento de los Planes Regionales de Desarrollo como instrumentos para promover el desarrollo integral, en conjunto con las diferentes instituciones públicas y con la participación de las organizaciones privadas de cada región, así como de los respectivos gobiernos locales.

h) Desarrollar y fortalecer el proceso de desconcentración de Mideplan, estableciendo mecanismos de coordinación, interrelación e integración con las demás áreas de Mideplan, para la articulación de planes, programas, y proyectos de desarrollo en las regiones.

i) Coordinar y concertar con el Poder Ejecutivo, entes competentes y las municipalidades, las competencias y recursos que podrán ser transferidos.

j) Preparar los anteproyectos de ley relacionados con la transferencia de competencias del Poder Ejecutivo a los Gobiernos Locales.

k) Coordinar con el ministerio correspondiente, la efectiva implementación de la ley especial emitida (seguimiento ex post).

l) Coordinar la implementación de programas de capacitación para el óptimo ejercicio de la competencia dada (ex ante/ex post).

m) Coordinar el Consejo Consultivo establecido en la Ley 8801. 

Productos:

a. Instrumentos de planificación para el desarrollo regional.

b. Lineamientos, procedimientos, directrices y herramientas metodológicas en materia regional.

c. Estudios, investigaciones, estadísticas e informes de seguimiento en los ámbitos regional y de transferencia de competencias y recursos del Poder Ejecutivo a las Municipalidades. 

d. Asesorías y criterios técnicos en temas de interés regional y de transferencia de competencias y recursos del Poder Ejecutivo a las Municipalidades. 

e. Propuestas de normativa en materia de desarrollo regional, así como en materia de transferencia de competencias y recursos del Poder Ejecutivo a las Municipalidades.