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- Funciones de las Áreas Gerenciales
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- Sobre la Dirección Ejecutora de Proyectos (DEP)
La Unidad Ejecutora fue creada como un órgano adscrito a la entonces Oficina de Planificación Nacional y Política Económica, hoy Mideplan, en Setiembre de 1982 según los lineamientos establecidos en la Ley N° 6751 denominada “Convenio entre el Gobierno de Costa Rica y el de los Estados Unidos de América, para la Venta de Productos Agrícolas”, conocida también como Ley Pública 480. En esta ley se designó a la Oficina de Planificación Nacional como agente del Gobierno de Costa Rica para que lleve a cabo las provisiones del Artículo III D, Parte I de esta Ley; de planear, promover, supervisar y reportar sobre la totalidad de las medidas de autoayuda descritas en el Item V, Parte II.
La Unidad Ejecutora también fue responsable de programar, presupuestar, administrar, contabilizar e informar sobre el uso de la moneda local que se genere bajo el Convenio de Venta. Al amparo de esta ley, es que surge en nuestro país el denominado Programa PL-480. A partir de 1982 se firmaron un total de nueve convenios para la venta de productos agrícolas a Costa Rica, los cuales fueron ratificados por Ley en la Asamblea Legislativa. Estas leyes además de dar sustento a este programa, definieron, adicionaron y modificaron las funciones a la Unidad Ejecutora.
Aunque la DEP aparece aún en el organigrama actual de MIDEPLAN, la Dirección se cerró técnicamente el 1° de marzo de 2012 mediante oficio DM-101-12 emitido por la entonces Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, señora Laura Alfaro Maykall y dirigido a la Comisión de Negociación de Deuda Interna, donde dispuso que los recursos del Programa PL-480 y su Fondo de Auditorías se destinarán a condonar el monto de ₵420.887,000,22 como aporte para la disminución de la deuda pública.
Con Memorando DEP-131-2013 de fecha 21 de agosto 2013, se transfiere la documentación de la DEP al Centro de Documentación (CEDOP). (cedop@mideplan.go.cr)