
Nuevo reglamento representa un paso fundamental para garantizar que cada colón invertido por el Estado se traduzca en obras y servicios públicos de alta calidad
El pasado 22 de agosto se publicó en el Diario Oficial La Gaceta el “Reglamento para la Implementación de la Ley 10.441 y el Funcionamiento del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP)”. Este instrumento moderniza y fortalece el marco regulatorio que rige los proyectos de inversión pública en el país, con un objetivo central: garantizar mayor transparencia, eficiencia y rendición de cuentas en el uso de los recursos del Estado.
El reglamento desarrolla lo establecido en la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (LSNIP), aprobada el 13 de marzo de 2024 y define reglas, procedimientos, actores y responsabilidades que permitirán un funcionamiento articulado y efectivo del SNIP. Su propósito es asegurar que cada proyecto responda a las prioridades nacionales y contribuya de forma tangible al desarrollo económico, social y ambiental, conforme lo establece el Artículo 1 de la Ley.
“Este reglamento es un paso firme hacia una inversión pública más transparente y responsable. Queremos que cada colón invertido se traduzca en resultados claros y de calidad, que impacten directamente la vida de las personas y fortalezcan la confianza ciudadana en la gestión del Estado. A partir de ahora, cada uno de los proyectos activos en el Banco de Inversión Pública serán una ventana abierta para todos los costarricenses, la mejor garantía de un Estado que rinde cuentas”, señaló el ministro de Planificación Nacional y Política Económica, Marlon Navarro Álvarez.
La normativa estandariza los procedimientos a lo largo de todo el ciclo de vida de los proyectos: desde su formulación y evaluación inicial, hasta la ejecución, mantenimiento, control y seguimiento (Considerando IX).
Aunque el reglamento tiene un alcance amplio dentro de la administración pública, contempla excepciones. Instituciones como el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), las universidades estatales y las municipalidades no están bajo la rectoría directa de Mideplan. No obstante, deberán acatar los principios generales del SNIP, aplicar buenas prácticas y compartir información sus proyectos con Mideplan, especialmente antes de su ejecución.
De manera explícita, se excluye a los entes públicos no estatales y a las empresas e instituciones públicas que operan en competencia.
¿Cuáles son los cuatro pilares del SNIP?
El artículo 6 establece los componentes fundamentales que estructuran el Sistema Nacional de Inversión Pública:
Normas Técnicas de Inversión Pública, que definen los lineamientos para la gestión de proyectos.
Metodologías de Formulación y Evaluación permiten analizar la viabilidad e impacto de las inversiones.
Banco de Proyectos de Inversión Pública (BPIP) es una base de datos que organiza y da seguimiento a las iniciativas.
Capacitación en Inversión Pública, orientada a fortalecer las competencias del personal a cargo.
Asimismo, el reglamento también delimita las funciones de los actores clave en el SNIP:
Mideplan: es la entidad que lidera el SNIP. Se encarga de su administración y operación, define las normas y metodologías, coordina el Banco de Proyectos de Inversión Pública (BPIP), autoriza instrumentos para la gestión de proyectos y promueve la capacitación y asistencia técnica a las instituciones. Además, Mideplan coordina el Plan Estratégico Nacional (PEN) y el Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública (PNDIP) garantizando la integralidad y articulación de los diferentes sistemas.
Ministros(as) Rectores(as): emiten directrices, avalan proyectos en las etapas de perfil y preinversión y garantizan la ejecución de las políticas sectoriales.
Secretarías Sectoriales: ejercen la función técnica, dando seguimiento a programas, elaborando informes y apoyando la priorización de inversiones.
Instituciones promotoras: responsables de formular, inscribir y actualizar los proyectos en el BPIP, garantizando la calidad de la información y de las inversiones.
Unidades de Planificación Institucional (UPI): dentro de cada institución, velan por el cumplimiento de normas técnicas, fomentan la capacitación y coordinan la formulación y evaluación de proyectos.
Según lo dispuesto en la Ley, la aplicación del reglamento para las instituciones fuera de la rectoría directa de Mideplan será progresiva:
Fecha | Instituciones involucradas |
Marzo 2025 | Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal Supremo de Elecciones y órganos auxiliares |
Marzo 2026 | Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y universidades estatales |
Marzo 2027 | municipalidades, sus empresas, federaciones y confederaciones municipales, así como concejos municipales de distrito |
Estas entidades deberán emitir los instrumentos de gestión correspondientes, en apego a la legislación vigente, los principios del ciclo de vida del proyecto y las buenas prácticas internacionales, dentro de un plazo de 180 días previos a su ingreso formal al SNIP.
Con este reglamento, Costa Rica refuerza su compromiso con la planificación estratégica, la eficiencia en la gestión pública y la transparencia en el uso de los recursos estatales, asegurando que la inversión pública se traduzca en proyectos de calidad que impulsen el desarrollo económico, social y ambiental y que mejoren la calidad de vida de la ciudadanía.