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Información General

La Ley No. 5525 de Planificación Nacional crea el Sistema Nacional de Planificación (SNP) como columna vertebral para la dirección y coordinación del Sector Público, estableciendo los procedimientos y mecanismos que permiten generar capacidades en las instituciones, vinculando los procesos de prospectiva, programación, presupuestación, ejecución y evaluación de políticas, planes y programas en relación con el desarrollo nacional. A partir de esta Ley No. 5525 y su Reglamento se adicionan una serie de normas que buscan fortalecer la planificación y el desarrollo, entre las cuales destacan las siguientes:

Ley No 5525 de Planificación Nacional y su Reglamento

Decreto Ejecutivo N° 37735-PLAN Reglamento general del Sistema Nacional de Planificación

Decreto Ejecutivo N° 38536-MP-PLAN Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo

Decreto Ejecutivo N° 16768-PLAN y sus modificaciones Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN)

El Sistema Nacional de Planificación (SNP) es un conjunto de “… procesos que se expresan en normas y procedimientos de cumplimiento general, de orden político, técnico y administrativo, que establece la forma y los mecanismos de participación en los niveles nacional, regional y local con el propósito de promover la la racionalización en la toma de decisiones, la definición de las políticas de desarrollo y la orientación en la asignación de los recursos públicos”.

El SNP se organiza en seis Subsistemas, a saber:

Planificación del Desarrollo

El Subsistema de Planificación del Desarrollo tiene la finalidad de definir e implementar los procesos de planificación para promover el fortalecimiento de las capacidades nacionales sobre el desarrollo del país, en proyecciones de largo, mediano y corto plazo. Está conformado por las instituciones según lo establecido en el artículo 3º del Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación; todo el Sector Público, incluyendo las empresas públicas, con excepción de los órganos o entes con autonomía política o independencia garantizada constitucionalmente y de los entes y empresas públicas que operan bajo régimen de competencia.

La coordinación del Subsistema estará a cargo de MIDEPLAN.

Funciones 

El Subsistema de Planificación del Desarrollo tendrá las siguientes funciones:

a)         Realizar estudios prospectivos sobre el desarrollo nacional.

b)         Efectuar análisis en áreas temáticas estratégicas de la realidad nacional.

c)         Fortalecer las capacidades públicas de planificación de mediano y largo plazo.

d)         Participar en el seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo.

e)         Formular políticas, planes, programas y proyectos que tiendan a resolver los principales problemas del país, con la participación de la sociedad.

f)          Elaborar lineamientos, metodologías y procedimientos de planificación, así como armonizar su aplicación entre los diferentes actores del Subsistema.

g)         Coordinar interinstitucionalmente el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo para el país.

h)         Analizar las evaluaciones de impacto de políticas, planes, programas y proyectos realizadas por las instituciones.

i)          Promover la redistribución de recursos en el sector público con el propósito de lograr la mejor satisfacción de las necesidades nacionales. 

j)          Cualquier otra que resulte comprendida dentro de su competencia.

Gestión Pública
El Subsistema de Gestión Pública tiene la finalidad de fortalecer las capacidades de las instituciones del SNP para hacer efectivos los procesos de gestión pública, con el propósito de lograr el mejor cumplimiento de los objetivos del SNP. Está conformado por las instituciones según lo establecido en el artículo 3º del Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación; todo el Sector Público, incluyendo las empresas públicas, con excepción de los órganos o entes con autonomía política o independencia garantizada constitucionalmente y de los entes y empresas públicas que operan bajo régimen de competencia.

La coordinación del Subsistema estará a cargo de MIDEPLAN.

Funciones

El Subsistema de Gestión Pública tendrá las siguientes funciones: 

a)         Proponer políticas, estrategias y establecer prioridades de racionalización administrativa, orientadas a la modernización y fortalecimiento de la gestión pública y su valor público.

b)         Posibilitar mecanismos para una eficaz atención de las demandas de las y los habitantes relativas a los servicios institucionales.

c)         Elaborar estrategias tendientes a identificar bienes y servicios del sector público factibles de ser mejorados, con el fin de que permitan una gestión efectiva y oportuna, de menor costo y con mayor cobertura.

d)         Proponer proyectos de reformas normativas que faciliten la gobernabilidad del país.

e)         Promover la efectiva simplificación de trámites en toda la gestión pública.

f)          Fomentar la revisión periódica de los procesos organizacionales dirigidos a mejorar su capacidad en la producción de bienes y servicios útiles para las y los habitantes.

g)         Evaluar y dar seguimiento a los resultados de los procesos de organización y reorganización institucionales.

h)         Promover procesos de desconcentración institucional en la prestación de servicios públicos a las y los habitantes, especialmente en regiones periféricas y zonas rurales.

i)          Fortalecer la descentralización territorial, incluyendo la transferencia de competencias y recursos.

j)          Proponer la integración de las instituciones del SNP en sectores por actividad funcional y velar por una efectiva administración sectorial. 

k)         Realizar una labor sistemática de modernización de las estructuras organizacionales de las instituciones.

l)          Elaborar y administrar el organigrama del sector público, con los perfiles institucionales.

m)        Identificar y proponer acciones para disminuir las duplicidades funcionales en el sector público, así como las funciones de bajo impacto.

n)         Adoptar e impulsar las tecnologías de información y comunicación en los procesos de gestión pública.

o)         Cualquier otra que resulte comprendida dentro de su competencia.

Planificación Regional

El Subsistema de Planificación Regional tiene la finalidad de coordinar la planificación del desarrollo regional, de largo, mediano y corto plazo con especial atención en la planificación territorial regional y en la disminución de los desequilibrios territoriales. Está conformado por las instituciones según lo establecido en el artículo 3º del Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación; todo el Sector Público, incluyendo las empresas públicas, con excepción de los órganos o entes con autonomía política o independencia garantizada constitucionalmente y de los entes y empresas públicas que operan bajo régimen de competencia.

 

La coordinación del Subsistema estará a cargo de MIDEPLAN.

 

Funciones 

El Subsistema de Planificación Regional tendrá las siguientes funciones:

a)         Planificar, dirigir y coordinar el desarrollo económico, social y ambiental en el nivel regional, de manera equilibrada e inclusiva, con orientación estratégica y visión de largo plazo.

b)         Formular el PRD y darle seguimiento y evaluación.

c)         Establecer mecanismos de participación, compromiso y acción de la población organizada, social y productiva para la búsqueda integral del desarrollo regional.

d)         Realizar estudios, planes, programas y proyectos orientados al desarrollo regional y a disminuir las desigualdades.

e)         Promover la desconcentración y la efectividad de la Administración Pública en las regiones.

f)          Generar condiciones y capacidades para la reactivación económica y social de las regiones con menor desarrollo relativo.

g)         Propiciar la coordinación interinstitucional en los procesos de desarrollo regionales, con la efectiva participación de los gobiernos locales y otros actores locales. 

h)         Promover la descentralización territorial en las regiones.

i)          Cualquier otra que resulte comprendida dentro de su competencia.

Inversiones Públicas

El Subsistema de Inversiones Públicas tiene la finalidad de lograr una utilización óptima de los recursos públicos que se destinan a la inversión pública para el cumplimiento de los objetivos estatales, conforme con criterios de economía, efectividad, gradualidad y calidad de los proyectos de inversión. Está conformado por las instituciones según lo establecido en el artículo 3º del Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación; todo el Sector Público, incluyendo las empresas públicas, con excepción de los órganos o entes con autonomía política o independencia garantizada constitucionalmente y de los entes y empresas públicas que operan bajo régimen de competencia.

La rectoría del Subsistema estará a cargo de MIDEPLAN.

 Funciones

 Las funciones del Subsistema de Inversiones Públicas serán las siguientes:

a)         Promover en las instituciones la implementación de técnicas de identificación, análisis, seguimiento y evaluación de la inversión pública.

b)         Realizar la programación anual y plurianual de las inversiones públicas, en los diferentes niveles de planificación.

c)         Administrar el BPIP, identificando prioridades.

d)         Velar por la efectividad de la inversión pública.

e)         Promover y velar por el uso adecuado de los recursos destinados al financiamiento de proyectos de inversión pública.

f)          Priorizar los proyectos de inversión pública, con énfasis en los que se financien mediante endeudamiento externo e interno.

g)         Proveer información suficiente y precisa sobre el uso de los recursos públicos en la inversión pública. 

h)         Proveer lineamientos, metodologías y procedimientos para ordenar los procesos de inversión pública, bajo criterios de efectividad y simplificación de trámites.

i)          Promover la capacitación en materia de inversión pública.

j)          Cualquier otra que resulte comprendida dentro de su competencia.

Evaluación y Seguimiento

El Subsistema de Seguimiento y Evaluación tiene la finalidad de determinar el avance, la calidad y grado de cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo. Está conformado por las instituciones según lo establecido en el artículo 3º del Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación; todo el Sector Público, incluyendo las empresas públicas, con excepción de los órganos o entes con autonomía política o independencia garantizada constitucionalmente y de los entes y empresas públicas que operan bajo régimen de competencia.

La coordinación del Subsistema estará a cargo de MIDEPLAN.

Funciones 

 a)        Desarrollar una cultura de seguimiento y evaluación en el sector público.

b)         Promover el monitoreo institucional de políticas, planes, programas y proyectos.

c)         Evaluar y realizar seguimiento de políticas, planes, programas y proyectos estratégicos conforme a los objetivos y las metas del PND y de otros instrumentos de planificación.

d)         Promover y analizar evaluaciones de efecto e impacto sobre políticas, planes, programas y proyectos de las instituciones del SNP.

e)         Elaborar y ejecutar estrategias, lineamientos, metodologías y procedimientos de seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos del sector público.

f)          Asesorar, promover y regular los procesos de seguimiento y evaluación en instituciones y sectores.

g)         Retroalimentar a las y los Ministros Rectores y jerarcas institucionales sobre los resultados  de las evaluaciones.

h)         Promover actividades de capacitación dirigidos al fortalecimiento de la cultura institucional y sectorial de monitoreo, seguimiento y evaluación.

i)          Difundir los resultados del monitoreo y seguimiento de metas y las evaluaciones del PND.

j)          Establecer agendas anuales de evaluaciones estratégicas en las instituciones.

k)         Proponer evaluaciones de impacto de políticas, planes, programas y proyectos para que sean realizadas por las instituciones y analizarlas.

l)          Cualquier otra que resulte comprendida dentro de su competencia.

Cooperación Internacional

El Subsistema de Cooperación Internacional tiene la finalidad de coordinar la cooperación de otros países, la cooperación hacia otros países y  la cooperación de organizaciones internacionales, con el fin de alcanzar su mejor utilización dentro de los lineamientos de la política exterior y los planes de desarrollo. Está conformado por las instituciones según lo establecido en el artículo 3º del Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación; todo el Sector Público, incluyendo las empresas públicas, con excepción de los órganos o entes con autonomía política o independencia garantizada constitucionalmente y de los entes y empresas públicas que operan bajo régimen de competencia.

La coordinación del Subsistema estará a cargo de MIDEPLAN.

Funciones 

a)         Implementar en las instituciones los mecanismos de identificación, análisis, seguimiento y evaluación de los proyectos de cooperación internacional.

b)         Realizar la programación anual y plurianual de la cooperación internacional, en los diferentes Niveles de Planificación.

c)         Mantener información actualizada de todos los proyectos de cooperación internacional, debidamente sistematizada.

d)         Coordinar y promover la negociación de agendas, convenios y proyectos de cooperación internacional.

e)         Velar por la efectividad del uso de la cooperación internacional.

f)          Promover una adecuada búsqueda de mecanismos de financiamiento de cooperación no reembolsable. 

g)         Promover una adecuada gestión de búsqueda de mecanismos de financiamiento de proyectos oportunos y viables.

h)         Proveer información suficiente y precisa sobre los recursos asignados al país por la cooperación internacional y facilitar la información de acceso público.

i)          Cualquier otra que resulte comprendida dentro de su competencia.

OBJETIVOS

Los objetivos del SNP, son los siguientes:

  1. Intensificar el crecimiento de la producción y productividad del país.
  2. Promover la mejor distribución del ingreso y de los servicios sociales que presta el Estado.
  3. Propiciar una participación cada vez mayor de los ciudadanos en la solución de los problemas económicos y sociales.

PRINCIPIOS

Los principios fundamentales de la planificación son:

  1. Vinculación 

  2. Razonabilidad

  3. Simplicidad

  4. Oportunidad

  5. Participación

  6. Coordinación

  7. Eficiencia

  8. Imparcialidad

  9. Transparencia

  10. Universalidad

  11. Integración

FUNCIONES

El proceso de operación e implementación del SNP conlleva el establecimiento de una serie de órganos y subsistemas que funcionan en forma articulada para alcanzar objetivos en los diferentes espacios temáticos, institucionales o territoriales, orientados a:

  1. Hacer un trabajo continuo de estudios, inventarios, análisis técnicos y publicaciones sobre el comportamiento y perspectiva de la economía, la distribución del ingreso, la evolución social del país y otros campos de la planificación, tales como el desarrollo regional y urbano, recursos humanos, mejoramiento de la administración pública y recursos naturales.
  2. Elaborar propuestas de política y planes de desarrollo económico y social, sometiéndolas a la consideración y aprobación de las autoridades correspondientes.
  3. Participar en las tareas tendientes a la formulación y adopción de planes y política de desarrollo nacional.
  4. Tomar parte en las labores de coordinación de los programas e instituciones encargadas de dichos planes y política.
  5. Evaluar de modo sistemático y permanente los resultados que se obtengan de la ejecución de planes y política, lo mismo que de los programas respectivos.

 

ORGANOS