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Reorganizaciones Administrativas

Fecha de publicación
06-06-20

REQUISITOS PARA REORGANIZACIONES ADMINISTRATIVAS

Las instituciones del Estado pueden realizar modificaciones parciales o integrales a su estructura organizacional (organigrama), las cuales requieren de la aprobación por parte de MIDEPLAN. Por lo que, para efectos de aprobación de las reorganizaciones administrativas, el jerarca de la institución interesada debe enviar a MIDEPLAN los siguientes documentos:

 

  • Estudio técnico que justifica la propuesta de reorganización administrativa, sea integral o parcial. Este documento debe ser preparado de acuerdo con los requisitos establecidos en la Guía de Reorganización -Integral, Parcial o Por Ley-, emitidas por MIDEPLAN.
  • Pronunciamiento de la Unidad de Planificación Institucional en el cual indique expresamente, el grado de cumplimiento de los lineamientos de Reorganización Administrativa. De ser el caso, este documento deberá indicar los lineamientos que han sido irrespetados en la propuesta y las razones de dicho incumplimiento.
  • Aval del Ministro Rector del Sector. Debe entenderse como este aval una nota firmada por el Ministro Rector al que pertenece la institución que se reorganiza, donde éste expresa que ha conocido la propuesta y la avala en todos sus alcances.
  • Acuerdo de Junta Directiva. En el caso de que la máxima jerarquía institucional recaiga sobre un Órgano Colegiado (Junta Directiva, Consejo Directivo, Consejo Nacional, entre otros), se debe remitir copia del Acuerdo de Junta Directiva en el cual se avala la propuesta de reorganización administrativa.

 

El oficio de remisión de estos documentos, debe ser firmado por el respectivo jerarca institucional y dirigido al Ministro o Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, indicando en el asunto “Propuesta de reorganización administrativa”.

Toda propuesta de reorganización administrativa que se remita por correo electrónico, debe venir con la respectiva firma digital y enviada al Despacho Ministerial con copia a reforma.institucional@mideplan.go.cr

 

INSTRUMENTOS PARA REORGANIZACIONES ADMINISTRATIVAS

 

Los presentes lineamientos tienen como fin proporcionar, a las instituciones públicas, una serie de elementos a considerar al momento de realizar un proceso de reorganización administrativa.

 

Esta Guía tiene como propósito orientar a las Instituciones Públicas en la adecuada elaboración de los estudios técnicos que fundamentan los procesos de reorganización administrativa y operar con estructuras que contribuyan a fomentar un Estado vigoroso, eficiente y transparente.

Contiene información básica que sirve para elaborar tres tipos de informes: 1) Reorganización Total o Integral, reorganización a nivel de toda la Institución; 2) Reorganización Parcial, cuando se crea, suprime o fusiona una o varias unidades organizacionales, sin afecta a la totalidad de la Institución; y, 3) Creación, supresión o fusión de Institución o unidades organizacionales dada por Ley.

 

  • Criterios del Ministro Rector para otorgar el aval

De previo a la aprobación por parte de MIDEPLAN y como requisito de validez, toda propuesta de reorganización administrativa debe contar con la autorización del respectivo Ministro Rector del Sector al que pertenezca la institución interesada (ver Decreto Ejecutivo 41187-MP-MIDEPLAN). Para tales efectos, el Ministro Rector dispondrá de un plazo de diez días hábiles, a partir del momento en que la propuesta sea presentada. Si no resuelve dentro de ese plazo, la propuesta se tendrá por autorizada y podrá ser remitida a MIDEPLAN.

Con el fin de que los Ministros Rectores cuenten con una guía al momento de otorgar el respectivo aval es que se presentan estos criterios.

 

Marco de referencia claro y exacto de la forma en que transcurren las actividades de registro, aprobación e implementación de las estructuras administrativas en el sector público.

 

NORMATIVA

 

Ley 7668: Marco para la transformación institucional y reformas de la Ley de Sociedades Anónimas Laborales

Se establecen los principios y las normas que deben respetar los procesos de transformación y modernización institucional.

 

Decreto Ejecutivo 26893-MTSS-PLAN: Reglamento a la Ley Marco para la Transformación Institucional y Reformas a la Ley de Sociedades Anónimas Laborales

Este Decreto establece que la responsabilidad de aprobar los procesos de reorganización administrativa es competencia de MIDEPLAN.

 

Decreto Ejecutivo 41187-MP-MIDEPLAN: Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo

Establece las respectivas rectorías que existen y las instituciones que integran cada uno de los sectores.

 

Decreto Ejecutivo 41162-H: Limitación a las reestructuraciones

Este Decreto establece que únicamente serán aprobadas las reestructuraciones cuyo propósito sea hacer más eficiente la gestión del Estado, siempre que no impliquen la creación de plazas adicionales, reasignaciones de puestos, así como nuevos gastos.

 

Decreto Ejecutivo 43864-PLAN: Reglamento para el trámite y resolución de reorganización administrativa

Este marco normativo tiene por objeto establecer el procedimiento para el trámite, análisis y resolución de las propuestas de reorganización administrativa que presentan los entes y órganos públicos, ante el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan).

 

Directriz 021-PLAN: Formaliza, comunica y divulga oficialmente los “Lineamientos Generales para Reorganizaciones Administrativas

Comunica y formaliza los lineamientos generales ante las Instituciones Públicas, indicando que los mismos deberán ser utilizados obligatoriamente en los procesos de reorganización administrativa.

 

Directriz 006-MP-PLAN: Aval del Ministro Rector de las Propuestas de Reorganización Institucional, dirigida a los órganos, entes y empresas públicas

Comunica que toda propuesta de reorganización deberá contar con el visto bueno del respectivo Ministro Rector, previo a su presentación ante MIDEPLAN.